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Contribuciones

Planilla 2026 en Puerto Rico: lo que ya cambió, lo que está propuesto y lo que falta por saber

Por Diana González 8 min de lectura
Planilla 2026 en Puerto Rico: lo que ya cambió, lo que está propuesto y lo que falta por saber

Cada otoño empieza la misma pregunta: ¿qué cambia en la planilla? Este año la respuesta tiene tres partes. Hay cambios que ya son ley. Hay propuestas que todavía no se aprueban. Y hay formularios que Hacienda aún no ha publicado.

Aquí lo separamos todo, sin tecnicismos. Hablamos de la planilla de Hacienda para individuos y para corporaciones, y del formulario federal 1040-SS, que usan en Puerto Rico los trabajadores por cuenta propia y las familias que reclaman el crédito por hijos.

Cómo leer esta guía
Confirmado: ya es ley o el formulario es oficial.
Propuesto: está en un proyecto de ley o en un borrador. Puede cambiar.
Pendiente: todavía no se ha publicado.

Parte 1: Planilla de Hacienda para individuos (Formulario 482)

Madre e hija revisan sus papeles de la planilla en la mesa de su casa en Puerto Rico al atardecer

Lo que todavía no ha salido — Pendiente

Al 10 de octubre de 2026, Hacienda no ha publicado los borradores de la planilla de individuos del año contributivo 2026. La versión más reciente del Formulario 482 en su página es la de 2025.

Lo que sí sabemos: en julio de 2026, Hacienda convocó a las compañías que hacen programas de radicación para certificarlos para el año 2026. Les exige más seguridad, como verificación en dos pasos. La radicación sigue siendo electrónica.

Lo que ya es ley — Confirmado

En diciembre de 2025 se firmaron las Leyes 177 a 180 de 2025. Estos cambios aplican a tu planilla 2026:

  • Venta de tu residencia principal. La ganancia queda exenta de contribución sobre ingresos y de la contribución básica alterna.
  • Cuentas de ahorro educativo. La deducción sube de $500 a $1,000.
  • IRA. El tope de la deducción se iguala al tope federal.
  • Cuentas ABLE. Se reconocen las cuentas de ahorro para personas con discapacidad.

La reforma contributiva — Propuesto

En enero de 2026, la Gobernadora radicó una reforma contributiva para individuos (P. de la C. 1014 y P. del S. 912). Propone:

  • Una tabla de tasas nueva: 0% hasta $12,500 y una tasa máxima de 33% sobre $150,000.
  • Subir la deducción por dependiente de $2,500 a $5,000.

La Junta de Supervisión Fiscal dijo que no puede apoyarla porque reduce los recaudos. Al cierre de esta publicación, la reforma no ha sido aprobada. Se espera que se apruebe para febrero de 2027. Cuando eso pase, te lo contamos aquí.

Aclaración importante

Circuló la información de que la deducción por dependiente ya subió a $5,000 en la planilla 2025. No es así. Ese número solo se usó para calcular el cheque de alivio contributivo. La deducción en la planilla sigue siendo $2,500 hasta que se apruebe una ley que la cambie.

Otra propuesta a observar — Propuesto

El P. de la C. 501 crearía una tasa opcional de 4% sobre intereses, dividendos y ganancias de capital. La Cámara lo aprobó en septiembre de 2026. Todavía le falta el Senado y la firma de la Gobernadora.

Parte 2: Planilla de corporaciones y negocios (Formulario 480.2)

Dueña de negocio trabaja en su oficina en Santurce al anochecer

Lo que todavía no ha salido — Pendiente

Hacienda tampoco ha publicado el borrador del Formulario 480.2 del año 2026. Lo más reciente en su página es la versión 2025.

Cambios ya aprobados que debes tener presentes — Confirmado

Las Leyes 64, 65 y 72 de 2025 trajeron varios cambios para negocios:

  • Método de efectivo. Más negocios pueden usarlo. El límite de ingresos sube de $3 millones a $10 millones.
  • LLC. Ciertas LLC pueden escoger que no se les trate como una entidad separada.
  • Contribución básica alterna. Ciertos cargos bancarios y de procesamiento de pagos ahora se pueden deducir.
  • Entidades conducto. La planilla informativa vence el último día del tercer mes después del cierre del año contributivo.
  • Planillas enmendadas. Hacienda no las acepta si estás bajo auditoría.

Negocios con decreto — Confirmado, con posible posposición

Si tu negocio tiene un decreto de incentivos, la Ley 65-2025 integra el Informe Anual de Negocio Exento a la planilla. Según la Determinación Administrativa 26-01, eso empieza con el año contributivo 2026. La ley permite posponerlo un año más, así que hay que estar pendiente a lo que anuncie el Gobierno.

Inversionistas bajo la Ley 60 — Confirmado, aplica desde 2027

La Ley 38-2026 fija una tasa de 4% sobre ganancias de capital, intereses y dividendos para los nuevos inversionistas residentes. Empieza en 2027, así que no afecta la planilla 2026.

Parte 3: Formulario federal 1040-SS

Trabajador por cuenta propia cierra su food truck en una plaza de Puerto Rico mientras su hija lo espera

El 1040-SS es una planilla federal. En Puerto Rico la radican dos grupos:

  1. Las personas que trabajan por cuenta propia y tienen una ganancia neta de $400 o más.
  2. Las familias que reclaman el Crédito Tributario Adicional por Hijos.

Desde 2023, el 1040-SS reemplazó al 1040-PR, que ya no existe. El formulario tiene dos partes: la Parte I con la contribución y los créditos, y la Parte II con el crédito por hijos.

El IRS ya publicó el borrador del 1040-SS de 2026. Las instrucciones de 2026 todavía no han salido.

Si trabajas por cuenta propia — Confirmado

  • La tasa sigue igual: 15.3%. Eso es 12.4% para el Seguro Social y 2.9% para Medicare.
  • El tope sube. En 2026, la parte del Seguro Social aplica hasta $184,500 de ingreso. En 2025 era $176,100.
  • El cálculo se hace en el Anexo SE y se pasa al 1040-SS.

Propuesto (borrador 2026): el formulario separa en dos líneas la contribución adicional de Medicare (Additional Medicare Tax). Una línea es para el ingreso por cuenta propia y otra para los salarios. Es un cambio de forma, no de tasa.

Si reclamas el crédito por hijos — Confirmado

  • Cuánto es. Hasta $2,200 por hijo menor de 17 años. De eso, hasta $1,700 por hijo te lo pueden devolver como reembolso. Son las mismas cifras de 2025.
  • Basta un hijo. Ya no se necesitan tres hijos. Desde 2021, las familias de Puerto Rico con uno o más hijos pueden reclamarlo.
  • Seguro Social obligatorio. Cada hijo tiene que tener número de Seguro Social. Un ITIN no sirve para el hijo. Quien reclama también necesita Seguro Social; si es planilla conjunta, basta con que uno de los dos lo tenga.
  • Límite por ingresos. El crédito empieza a bajar si tu ingreso pasa de $400,000 (casados que radican juntos) o $200,000 (los demás).
  • Límite por aportaciones. El crédito no puede ser mayor que lo que pagaste de Seguro Social y Medicare. Eso incluye lo que te retuvieron en el W-2PR (499R-2) y la mitad de tu contribución por cuenta propia. Tienes que incluir copia de tu W-2PR.
  • Cuándo llega el reembolso. Por ley, el IRS no puede enviar antes de mediados de febrero los reembolsos que incluyen este crédito. Y retiene todo el reembolso, no solo la parte del crédito.

Lo nuevo en el borrador 2026: Anexo 3-A — Propuesto

El borrador incluye un anexo nuevo, el Anexo 3-A, llamado Federal Public Benefit. Sale de una regla que el Tesoro propuso en agosto de 2026.

Bajo esa regla, si ni tú ni tu cónyuge son ciudadanos, nacionales de EE.UU. o inmigrantes que cualifican, perderías la parte del crédito que se reembolsa.

Para la mayoría de las familias en Puerto Rico esto no cambia nada, porque son ciudadanos americanos. Pero sí puede afectar a familias inmigrantes. La regla todavía no es final. La audiencia pública es el 14 de octubre de 2026.

Qué puedes hacer desde ya

  1. Revisa los Seguros Sociales. Confirma que cada hijo tenga su número de Seguro Social correcto.
  2. Guarda tus W-2PR (499R-2). Los vas a necesitar para el crédito por hijos.
  3. Organiza tus números si trabajas por cuenta propia. Ten tus ingresos y gastos del año separados y al día.
  4. Si vendiste tu casa en 2026, guarda la escritura y los papeles de la venta.
  5. Si tienes un decreto, pregunta cómo te toca el Informe Anual de Negocio Exento.
  6. No hagas planes con la reforma hasta que sea ley.

¿Quieres revisar tu caso?

Cada planilla es distinta. Si quieres saber cómo te afectan estos cambios a ti, a tu familia o a tu negocio, coordina una consulta con nosotros.

787.998.4157 · info@dianaaccounting.com

Esta publicación es informativa y no sustituye una consulta profesional. La información está al día al 10 de octubre de 2026. Los borradores y los proyectos de ley pueden cambiar antes de ser finales.

Fuentes

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