by Diana Gonzalez | Jul 11, 2025 | Economy
Si tienes un negocio en Puerto Rico, ya sea una panadería, barbería, tienda online o eres freelance, entender tu Working Capital no es opcional. Esta información es sumamente vital. Es cómo saber cuánta gasolina tienes antes de salir a la calle con el tapón de las 5:00 pm. ¡Es obvio que te puedes quedar a mitad de camino!
Pero ¿qué rayete es el Working Capital?
Working Capital en arroz y habichuelas
El Working Capital, o el Capital de Trabajo, es el dinero que te sobra para operar tu negocio después de pagar tus deudas más inmediatas.
En términos contables:
Activos Corrientes – Pasivos Corrientes = Working Capital
Esta información la encuentras en el Estado de Situación (Balance Sheet) de tu empresa en la siguientes secciones:
- Activos Corrientes: es todo el dinero que entra a tu negocio o puedes convertir en efectivo rápidamente
- Efectivo en caja o en el banco;
- Cuentas por cobrar;
- Inventario.
- Pasivos Corrientes: es todo lo que debes pagar a corto plazo, o sea, todo lo que tienes que pagar de inmediato:
- Nómina;
- Cuentas por Pagar a suplidores;
- Retenciones a empleados y/o suplidores;
- IVU recolectado;
- Préstamos a corto plazo; y
- Tarjetas de Crédito empresarial.
Por Ejemplo:
Si tienes $10,000 entre efectivo y cuentas por cobrar, y debes $6,000 entre suplidores y nómina de empleados, tu Working Capital es:
$10,000 – $6,000 = $4,000
Ese número ($4,000) representa el dinero que tienes disponible para que puedas seguir operando a corto plazo (1 año o menos) sin ahogarte en deudas.
¿Por qué es tan importante?
Tener un Working Capital saludable te permite:
- Pagar la nómina, facturas de suplidores y el IVU recolectado sin tener que quedarte calvo a los 30 años 🤣;
- Operar tu negocio sin tener que pedir un préstamo cada quincena;
- Tener dinero suficiente para invertir, crecer tu empresa y responder a cualquier emergencia. ¡Qué mucho nos enseñó la cuarentena (COVID-19)! ¿Verdad?
En cambio, si tu Working Capital es negativo… ¡Corillo!, tenemos un gran problema. Estás operando con más deudas que efectivo (Cash) disponible. Y eso puede llevar a la quiebra tu empresa si no se corrige a tiempo.
¿Cómo saber si estás bien?
Haz este ejercicio básico:
- Suma tus activos corrientes;
- Resta tus pasivos corrientes;
- Evalúa el resultado:
- ¿Es Positivo? ¡Excelente! Vas por muy buen camino.
- ¿Es Negativo? Es momento de revisar tu operación.
¿Necesitas ayuda?
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- Optimizar su flujo de caja;
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by Diana Gonzalez | Feb 17, 2025 | Economy, Taxes
El Crédito por Trabajo está disponible para personas de 19 años en adelante;
Empleados, Cuentapropistas y Pensionados que hayan tenido ingresos durante el año 2024, menores a $51,187 podrían cualificar para recibir un Crédito en su Planilla o un Cheque de hasta $7,563.
La cantidad varía dependiendo si la persona es Casada o Soltera, de su total de Ingresos y de la cantidad de Hijos o Hijas que tenga como Dependientes.
Tiene un Ajuste por Inflación que aumenta las cantidades límites de Ingreso Bruto ganado.
Para solicitarlo, deberás evidenciar el ingreso bruto ganado para el año Contributivo 2024 con el formulario que genera tu Patrono o el que se genera en el caso de Pensionados locales y federales. Cualificarán igualmente los ingresos provenientes de una industria, Negocio por Cuenta Propia o una actividad para la producción de ingresos. Para ser validados, debes tener un Certificado de Registro de Comerciante vigente para el año 2024 y los ingresos deben estar sujetos a la contribución de Seguro Social.
Los formularios son los salarios reportados en la W2 Puerto Rico y la W2 del gobierno federal; la Declaración Informativa 480.7C, de pensionados del gobierno de Puerto Rico y pensión calificada de empleados de empresa privada y el Formulario 1099-R, de los empleados pensionados del gobierno federal.
La Planilla de Contribución sobre Ingresos 2024, proveerá el anejo CT Individuo (Crédito por Trabajo) para facilitar el cómputo del crédito y que atempera los renglones y cantidades de los créditos con un ajuste por inflación, aumentado la cantidad del crédito. También el Programa de Planillas de Hacienda, que incluye los proveedores certificados por el Departamento y la plataforma SURI, harán el cálculo automático. El monto del Crédito al que tendrá derecho el Individuo Elegible será determinado a base del Ingreso Bruto Ganado y la cantidad de Dependientes Cualificados.
Para más información, accede a:
- Carta Circular de Rentas Internas Núm. 22-02: Crédito Por Trabajo para años Contributivos Comenzados después de 31 de diciembre de 2020.
- Boletín Informativo de Rentas Internas Núm 23-05: Notificación de ajuste por inflación al Crédito por Trabajo para el año contributivo 2024
- Comunicado de Prensa. Para ver el documento, hacer clic aquí.
REQUISITOS
El Crédito por Trabajo se otorgará a ciudadanos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Radicar su Planilla de Contribución sobre Ingresos de individuo 2024, en o antes de la fecha límite establecida (15 de abril de 2025), incluyendo cualquier prórroga;
- Ser residente de Puerto Rico durante todo el año contributivo y al momento de radicar la planilla. Contribuyentes casados también deben cumplir con el requisito;
- Tener 19 años o más al último día del año contributivo (contribuyentes casados también deben cumplir con el requisito), no haber sido reclamados como dependientes en otra planilla para el mismo año contributivo y no pueden radicar la planilla bajo el estado personal de casado que rinde por separado. Además, deberán incluir los números de Seguro Social del contribuyente, cónyuge y dependientes cualificados;
- Los Contribuyentes de 65 años en adelante que reclamen el Crédito por Trabajo, no podrán reclamar el Crédito para Seniors o el Crédito para Pensionados de bajos recursos;
- El contribuyente y cónyuge, en el caso de contribuyentes casados, tienen que haber generado ingresos por concepto de salarios, sueldos, propinas, pensiones, industria o negocio por cuenta propia o actividad para la producción de ingresos, sujeto a las limitaciones establecidas en la Sección 1052.01 del Código durante el año contributivo.
Los hijos dependientes elegibles deberán:
- Ser hijos del contribuyente o su cónyuge.
- Ser residentes de Puerto Rico durante todo el año contributivo y al momento de radicar la planilla.
- Tener 18 años o menos al último día del año contributivo. En el caso de hijos que sean estudiantes a tiempo completo, deberán tener 25 años o menos.
- No pueden ser reclamados como dependientes por otro contribuyente.
CALCULA TU CRÉDITO AQUÍ
Calcula tu crédito accediendo a: https://www.fortaleza.pr.gov/credito-eitc-ctc.
CONTÁCTANOS HOY
Podemos ayudarte a cumplir con tus obligaciones contributivas y a reclamar los créditos Contributivos del año 2024. Llama hoy al (787) 998-4157 o escríbeme a info@DianaAccounting.com para más información. Síguenos en nuestras redes sociales para que te mantengas informado de todos los cambios contributivos.
by Diana Gonzalez | Feb 17, 2025 | Economy, Taxes
La Ley Federal P.L. 117-2 de 11 de marzo de 2021, conocida como el American Rescue Plan Act of 2021 (ARPA, por sus siglas en inglés) extiende el crédito tributario reembolsable a los residentes de Puerto Rico que tengan niños calificados de dieciséis años o menos (0-16) al 31 de diciembre de 2024. Este crédito no es automático, por lo tanto, requiere que aquellas personas elegibles radiquen una planilla federal en el Servicio de Rentas Internas Federal (IRS, por sus siglas en inglés), utilizando uno de los Formularios 1040-PR (Planilla Federal o Formulario 1040-PR). Para ver el Formulario, hacer clic aquí.
Para más información sobre la radicación del Formulario 1040-SS (Planilla Federal o Formulario 1040-SS), hacer clic aquí.
Importante: Las familias en Puerto Rico pueden continuar solicitando el Crédito Tributario por Niños después de la fecha límite de radicación de la planilla federal que vence el martes, 15 de abril de 2025. Para más información, hacer clic aquí.
CAMBIOS IMPORTANTES PARA ESTE AÑO
- Para el año fiscal 2024, el Crédito por Menor el máximo será de hasta $1,700;
- La edad límite para los niños que califican es de 16 años o menos (0-16);
- Requiere haber devengado ingresos. Todas las familias trabajadoras obtendrán el crédito completo si ganan menos de $400,000 para casados o $200,000 para una familia con un solo padre (se reducirá $50 por cada $1,000 sobre estas cantidades hasta que llegue a cero).
REQUISITOS APLICABLES
- Relación: El menor puede ser hijo o hija, hijastro o hijastra, adoptado o adoptada legalmente. También se puede reclamar un hermano o hermana, hermanastro o hermanastra. Los descendientes de estos (como nietos y nietas) también pueden ser reclamados/as, si cumplen con los otros criterios de elegibilidad;
- Sustento: El contribuyente debe haber provisto más de la mitad del sustento del/de la menor durante el año contributivo;
- Dependiente: Las personas que son reclamadas por otra persona como dependientes en una planilla, no pueden reclamar sus propios dependientes;
- Ciudadanía: El menor a ser reclamado como dependiente tiene que tener un número de Seguro Social válido. Para tenerlo, puede ser ciudadano, nacional o inmigrante residente estadounidense. Si lo que tiene el, menor es un número de identificación personal de contribuyente (ITIN, en inglés) no es elegible para este crédito, pero pudiera ser elegible para un crédito menor, no reembolsable. El contribuyente que reclama un menor dependiente puede ser un inmigrante. Si no tiene un número de seguro social válido, debe solicitar un ITIN para poder rendir la planilla federal;
- Residencia: El menor debe haber vivido con el contribuyente más de la mitad del año contributivo para el cual se reclama el crédito, salvo las siguientes excepciones: Ausencias temporeras por vacaciones, escuela, cuido médico, servicio militar o detención en una institución juvenil;
- Otras excepciones aplicables a casos de padres o madres divorciados/as o separados/as. Ver instrucciones Formulario 1040-PR.
ESTATUS DEL REINTEGRO PLANILLA 1040-PR (1040-SS)
Para todo lo relacionado a su planilla federal, incluyendo el estatus de su reintegro correspondiente al crédito tributario reembolsable por niños calificados, deberá comunicarse directamente al IRS accediendo a www.irs.gov o llamando al 1-800-829-1040.
by Diana Gonzalez | Dec 2, 2016 | Business
El pasado 8 de noviembre, California eliminó por error el impuesto del Cannabis Medicinal y Recreacional. Esto se debe a que la papeleta del Proyecto 64 tenía un error en la redacción. Gracias a éste error, el Estado perderá unos $50 millones en impuestos hasta diciembre 2018.
El día de las elecciones fue uno bastante interesante, no sólo por la elección del nuevo Presidente de los Estados Unidos, si no que varios estados decidieron hacer un cambio en la Guerra contra la Marihuana. Algunos estados como, California, Maine, Massachusetts y Nevada votaron a favor de la legalización de la Marihuana Recreacional.
De esta forma, se unen a Colorado, Washington, Oregon y Alaska dónde el uso del Cannabis es legal en mayores de 21 años y el impuesto es similar a los del alcohol.
Mientras, Florida, Montana y North Dakota legalizaron el Cannabis Medicinal.
Error en Papeleta Elimina el Impuesto del Cannabis, ocasionando Pérdidas Millonarias al Gobierno de California
Antes del 8 de noviembre, el impuesto de la Marihuana Medicinal en California era un 7.5%. A partir de enero de 2018, el impuesto del Cannabis Medicinal y Recreacional será un 15%.
¿En qué consiste el error?
Aparentemente, el aumento del impuesto al 15% no quedó explícito en la papeleta. Por tal razón, el Impuesto del Cannabis fue eliminado hasta enero 2018. En otras palabras, los ciudadanos no solo votaron por la legalización del Cannabis Recreacional, sino que también votaron por eliminar el impuesto por 2 años.
La Directiva Estatal de Impuestos sobre Ventas, Uso y Otros (BOE) envió un comunicado a los comerciantes para que no cobren el tax hasta el 2018.
Este pequeño desliz, beneficiará al menos unos 6,000 pacientes californianos. Como resultado, será un impacto positivo para las Canna-Empresas y uno negativo para el Estado de California.
by Diana Gonzalez | Nov 24, 2016 | Cannabis, Leyes
El gobernador Alejandro García Padilla puso fin a las pruebas detección de Marihuana en el Gobierno mediante una Orden Ejecutiva. La Orden Número 2016-045 ordena a todas las agencias de la Rama Ejecutiva a enmendar el Reglamento del Programa de Detección de Sustancias Controladas para excluir la Marihuana.
El Objetivo Principal de éste Programa, es:
- Identificar aquellos empleados que trabajan bajo el efecto de Sustancias Controladas; y
- Ayudar al empleado en su rehabilitación para que pueda continuar trabajando en el Gobierno.
Ésta Enmienda beneficiará a aquellos empleados que consumirán Cannabis como medicina. Sin embargo, el Gobierno dejó claro que no podrán presentarse a trabajar bajo la influencia de la Marihuana.
Puerto Rico en el “SPOT”
La acción del Gobernador ha sido vista con buenos ojos por la industria del Cannabis en EE.UU. lo que pone a Puerto Rico en el “Spot” a nivel mundial. Esperamos que la economía del país comience a estimularse a finales de diciembre de este año.
Actualmente, hay aproximadamente 1,000 pacientes registrados, sin contar el Turismo Médico en la isla. Por lo que esperamos un aumento significativo en los próximos meses.
La Isla del Encanto y meca del Cannabis Medicinal
El Reglamento del Cannabis Medicinal permite a pacientes de otros países que puedan tratarse en la isla. Siempre y cuando, la Condición del Paciente esté contemplada en el Reglamento 8766.
Esto hace a Puerto Rico un destino aun más atractivo para vacacionar, sin tener que sacrificar la salud y la seguridad.
La Orden Ejecutiva fue aprobada de manera inmediata el pasado 19 de noviembre de 2016.
Lourdes Ramos (PNP) en contra de la Orden del Gobernador
Mientras muchos celebramos la Orden Ejecutiva del Gobernador, la Representante del PNP Lourdes Ramos, cataloga la orden como ofensiva para el pueblo y la democracia.
“Esta acción, poco responsable, denota una clara ofensa del Gobernador saliente al pueblo de Puerto Rico y al proceso democrático. El pueblo, el soberano, ya pasó juicio sobre sus ejecutorias y decidió tomar otro rumbo. Sin embargo, García Padilla pretende gobernar como si nada hubiese pasado. Pretende gobernar por Decreto y eso no lo vamos a permitir”.
“Órdenes como estas serán evaluadas para determinar si las mismas eran dirigidas a beneficiar a un amigo del alma o un pariente del corazón como ha sido la costumbre de esta Administración. Para el Partido Popular Democrático, la Constitución, el documento más sagrado en cualquier sistema democrático, no tiene ningún valor. Eso quedó demostrado, clara y contundentemente, con esta Orden Ejecutiva, la cual usurpa los poderes constitucionales que tiene la Asamblea Legislativa. Esto es sencillo, el Gobernador sabe que no tiene los votos para impulsar la Marihuana Recreacional y por eso está intentado meterla por la cocina”.
A pesar de que la Marihuana continúa siendo un tema controversial, en Puerto Rico el Cannabis ha tenido una buena acogida. Principalmente, por pacientes con condiciones crónicas y personas de edad avanzada.